Hace poco más de un mes aparecía en prensa una noticia referente a una EAFI (Empresa de Asesoramiento Financiero) a la cual la CNMV le había retirado la licencia para actuar como tal. Por cierto, EAFI como ya he dicho son las siglas de Empresa de Asesoramiento Financiero, sin la coletilla de Independiente que muchos, incluso asesores registrados, se empeñan en erróneamente añadir.
Justo cuando aparecía esta noticia estaba trabajando en la preparación de un informe pericial para una demanda por parte del cliente a una de estas ESI´s debidamente registrada. En concreto se trataba de un contrato de gestión de cartera de inversión. El cliente había perdido ni más ni menos que un -74% en menos de un año. Este cliente había sufrido apalancamientos máximos de 13 veces su capital, cuando en su contrato de gestión había firmado un apalancamiento máximo de 2,5 veces. Los resultados de dicha gestión “profesional” son esa brutal pérdida , y gracias de no haber incurrido en descubierto.
La anterior EAFI comentada se dedicaba a recomendar warrants a diestro y siniestro sin importar perfil cliente, actualmente hay otra al menos que ha llegado a recomendar un 100% de exposición a un valor Nasdaq a un cliente porque iba a ser objeto de una OPA en muy breve plazo (hace ya años de esto y la OPA no ha llegado), sé de otras que no han trabajado en el mundo del asesoramiento financiero jamás, …
Existe una falsa creencia por parte del cliente de que un simple registro le pone a salvo de prácticas deshonestas o poco profesionales. Sin embargo a día de hoy nos encontramos con casos como los comentados.
Elijan con muchísima precaución la ESI con la cual trabajan y sobre todo en casos como el de mi cliente, cuando se delega la gestión de cartera a un tercero.
Está demostrado que un simple registro, al menos en España, no nos da las garantías que se le presuponen.
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