Operativa en los fondos de inversión

29 de junio, 2017 2
Redactor de contenidos en inBestia
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En este artículo vamos a hablar sobre la operativa con fondos de inversión, es decir, todos aquellos aspectos relacionados con las suscripciones, traspasos internos y externos así como reembolsos.

Aunque la operativa con fondos de inversión es sumamente sencilla, para evitar problemas y, en su caso, afrontarlos lo mejor posible, antes de suscribir o reembolsar un fondo, es conveniente que el inversor conozca las peculiaridades de esta operativa y las diferentes alternativas de la que dispone.

I. SUSCRIPCIÓN

La inversión en un fondo se hace mediante la suscripción de participaciones. Así, cada inversor obtiene un número de participaciones determinadas, que no es más que el resultado de dividir el importe invertido entre el valor liquidativo aplicable a la operación.

En líneas generales, el valor liquidativo que se aplica es el del mismo día de la solicitud (que se publicará al día siguiente) o el del día siguiente a la solicitud (publicado dos días después), según se establezca en el folleto del fondo. Es conveniente recordar que algunos fondos están sujetos a comisiones de suscripción que pueden llegar hasta el 5% del importe invertido.

Con respecto al procedimiento de suscripción de participaciones de un fondo de inversión, es importante hacer hincapié en algunos aspectos:

1. Entidades comercializadoras: las participaciones de fondos de inversión pueden adquirirse a través de intermediarios financieros como bancos, cajas de ahorros, sociedades de valores, gestoras de fondos de inversión, supermercados de fondos, etc.

2. Canales de contratación: se pueden suscribir participaciones de un fondo de inversión en las sucursales de las entidades financieras, por teléfono, Internet, etc.

3. Inversión mínima: algunos fondos no admiten inversiones por debajo de una determinada cantidad (que viene establecida en el folleto). En ocasiones se trata de cantidades significativas, por lo que su conocimiento es especialmente relevante cuando la suscripción es consecuencia de un traspaso, ya que si éste se ordena por una cantidad inferior a la inversión mínima la suscripción no llegará a formalizarse y el reembolso previo podría tener efectos para el partícipe.

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II. REEMBOLSO

El reembolso de un fondo de inversión, de forma total o parcial, es el procedimiento que tiene que seguir el inversor cuando quiere recuperar el dinero invertido en el fondo. A continuación vamos a analizar algunas normas que regulan el reembolso de participaciones:

1. El partícipe puede reembolsar todas o parte de sus participaciones. A cambio recibe el importe que resulte de multiplicar el valor liquidativo que corresponda por el número de participaciones reembolsadas. El valor liquidativo aplicable a los reembolsos se determina de la misma manera que para las suscripciones: será el del día de la solicitud o el del día siguiente (según lo que establezca el folleto).

2. El folleto del fondo suele recoger lo que se conoce como “hora de corte”, a partir de la cual las solicitudes recibidas se consideran realizadas al día hábil siguiente, a efectos de valor liquidativo aplicable.

3. Con carácter general, el depositario hará efectivo el pago del reembolso al partícipe en un plazo máximo de tres días hábiles, contados desde la fecha del valor liquidativo que resulte aplicable. Excepcionalmente este plazo se podrá ampliar hasta cinco días hábiles.

4. En algunos fondos de inversión se aplica una comisión de reembolso, la cual puede llegar hasta el 5% del importe reembolsado.

5. Ciertos fondos de inversión exigen que el partícipe mantenga en los mismos una inversión mínima para así poder conservar la condición de partícipe. Este dato, que también se encuentra en el folleto, es muy relevante para el inversor porque si en un momento dado deseara efectuar un reembolso o traspaso parcial, y como consecuencia el valor de la inversión o el número de participaciones que se mantienen en el fondo quedaran por debajo del “mínimo a mantener”, la gestora podrá llevar a cabo el reembolso total de sus participaciones.

6. Las gestoras podrán exigir preavisos de hasta 10 días para aquellas solicitudes de reembolso superiores a 300.000 euros.

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III. TRASPASO

El traspaso entre fondos de inversión consiste en el reembolso de un fondo de inversión y la inmediata suscripción de otro, conservando la antigüedad de la primera inversión a efectos fiscales. Esto significa que las plusvalías no tributan mientras no se produzca el reembolso definitivo. Los traspasos pueden producirse entre fondos de la misma gestora o bien entre fondos de distintas gestoras.

Algunos aspectos que el inversor debe tener en cuenta a la hora de solicitar un traspaso entre fondos de inversión, son los que se relacionan a continuación:

1. Se aconseja entregar a la entidad de destino una copia del extracto de la posición en el fondo de origen. Así el traspaso será más rápido y seguro.

2. El traspaso puede realizarse por la totalidad de la inversión o sólo por una parte de la misma. En este último caso deberá indicarse con claridad el importe o el número de participaciones a traspasar.

3. Al realizar un traspaso el partícipe no puede disponer en ningún momento del capital, ya que éste se transfiere directamente entre las entidades de origen y destino, junto con la información fiscal.

4. En general se estima que el plazo para traspasos entre fondos de distintas gestoras es de 8 días hábiles, aunque en ocasiones este plazo puede ser superior.

5. Es conveniente asegurarse de que el fondo de destino no exige una inversión mínima superior al importe que se desea traspasar.

Puedes leer todos los artículos de esta serie en la etiqueta "fondosdeinversión".

Usuarios a los que les gusta este artículo:

Este artículo tiene 2 comentarios
Hola jorge, te propongo dos ideas sobre la serie fondos de inversión.
1 todo lo relacionado con la limitación de nuevas inversiones en un fondo, lo que se llama cierres duros.
2 los fondos de inversión más rentables del mundo de los últimos 20 años y los más desastrosos.
29/06/2017 15:26
antiguo usuario
En respuesta a el Pavito
Gracias!!!

Los tendré en cuenta.

Un saludo.
29/06/2017 17:24
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