Venezuela, esa nación caribeña de hermosísimas mujeres y presidentes en chándal se encuentra en estado de “emergencia económica”. Así pudimos saberlo ayer, tras la comparecencia ante la Asamblea Nacional de Nicolás Maduro. Escasas horas más tarde, un guerrero maorí ataviado con americana oscura, del que dicen es su Ministro de Economía Productiva, Luis Salas, explicaba los pormenores del Decreto 2.184, que su publica en la Gaceta Oficial por un período de 60 días.
Eso, el mismo día en que el Banco Central de Venezuela publicó datos macroeconómicos por primera vez en más de un año. De acuerdo con esos datos, la inflación anualizada para octubre de 2015 fue de un 141,5% mientras que la acumulada para los primeros nueve meses del mismo año era de 108,7%. Esta inflación de septiembre es la más alta de la historia en Venezuela ya que supera el máximo alcanzado en 1996 durante el mandato de Rafael Caldera, cuando se ubicó en el 103%. Además, el Producto Interno Bruto se redujo en un 7,1% interanual en el tercer trimestre del año pasado. A lo que debemos sumar, que el precio del crudo se sitúa en mínimos de los útimos 12 años.
Pero ¿en qué consiste esta declaración unilateral de estado de emergencia? Sustancialmente supone que La Constitución de Venezuela prevé la posibilidad de que el gobierno decrete la emergencia económica "cuando se susciten circunstancias económicas extraordinarias que afecten gravemente la vida económica de la Nación".
Pari passu, la legislación venezolana establece que una vez declarado el estado de excepción se podrá limitar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad, tomar las medidas necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción. Asimismo, el gobierno podrá hacer gastos con cargo al tesoro público que no estén previstos como partidas en el presupuesto nacional.
La cosa no acaba aquí, puesto que a pesar de que estemos hablando del Narcoestado de Venezuela, donde el poder discrecional del Ejecutivo es omnímodo, el Ordenamiento Jurídico prevé que la declaración de estado de emergencia económica del gobierno de Maduro deberá contar con el visto bueno de la Asamblea Nacional, actualmente controlada por una mayoría opositora.
Aunque en la República Bolivariana los decretos de declaración de los estados de excepción son equiparables a una ley y entran en vigor en cuanto son dictados por el presidente en Consejo de Ministros, también están sometidos a control judicial y parlamentario. La realidad sin embargo es bien distinta, pues huelga dificultad alguna en el trámite parlamentario, máxime cuando cualquier disposición legislativa (leyes, decretos, etc) pueden ser aprobados de manera inmediata por la llamada Vía Habilitante. Puro atrezzo déspota.
De manera semejante, el Parlamento también está facultado para modificar el contenido del decreto con una mayoría de tres quintas partes de sus miembros.
El contenido del decreto es una miscelánea de medidas, elaboradas por Luis Salas y la Comisión Técnica del Ministerio de Economía venezolano:
- Disponer de recursos no ejecutados del presupuesto 2015 para pagar los costos de los programas sociales, financiar la recuperación de la inversión en infraestructura en el corto plazo y el abastecimiento de alimentos y productos esenciales.
- Asignar recursos extraordinarios a la administración pública para ser usados en los sectores de salud, educación, alimento y vivienda.
- Aplicar medidas especiales para reducir la evasión fiscal.
- Modificar los procedimientos y requisitos para la importación de mercancía, así como los trámites cambiarios para garantizar la importación de bienes e insumos.
- Requerir a empresas del sector público o privado incrementar sus niveles de producción.
- Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso de la población a alimentos, medicinas y demás bienes de primera necesidad.
Paralelamente se prevé un importante plan de expropiaciones e intervenciones del ya hostigadísimo régimen de propiedad bolivariano. Como sobradamente conocemos, las proclamas estatalistas cuando vienen mal dadas nunca transitan en la dirección correcta; en lugar de velar y defender de manera extensiva y exhaustiva los derechos de la ciudadanía, siempre acaban siendo un abyecto subterfugio para cercenar las libertades individuales y colectivas en detrimento de acercarse cada vez más al modelo de Estado Hobbesiano.
"Yo soy siempre fiel al sistema liberal y justo que proclamó mi patria”. (Simón Bolívar).