Interesante sentencia referida a gestión de carteras

20 de marzo, 2014 1

Reconforta ver la aparición en prensa de noticias en las cuales las entidades bancarias son condenadas a indemnizar a clientes “maltratados”, y más aún cuando ello ha sido posible en parte gracias a tu trabajo, ya que dediqué muchas horas en la elaboración del informe pericial destinado a la defensa de este cliente.

 

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Les resumo :

El cliente firma en Febrero de 2001 un contrato de gestión de cartera con su entidad bancaria bajo el perfil moderado (cartera equilibrada). Excluye en la operativa la contratación de IIC´s (fondos y SICAV´s). Horizonte temporal entre dos y cinco años.

Comienza la gestión en 2001 con la contratación de valores como Sun Microsystems, Cisco, Ericsson, … valores poco o nada recomendables para cartera moderadas como la del cliente en cuestión.

Contratación de varias SICAV´s (gestionadas además por la propia entidad) de riesgo alto. Calificación dada por la propia gestora en el folleto de la SICAV.

Contratación de un ETF sobre el Nasdaq 100.

A partir de Octubre de 2007 comienza lo más sangrante de todo, y es lo relativo a que entre dicha fecha y la fecha de elaboración del informe pericial (año 2012), solo se ha realizado una operación en la cartera del cliente, correspondiente a la compra de un valor Ibex 35, cargando por ello comisiones durante cinco años (1,1% anual) de 2.804 €. ¡Casi 3.000 € por comprar un valor!

La rentabilidad obtenida por la gestión “profesional” de dicha cartera moderada es de un escandaloso -46,16%  en 12 años.      

La falta de profesionalidad comienza con la firma del contrato. Se deja firmar al cliente la operativa solo con valores de renta variable cuando el cliente hacer saber su perfil moderado. Me pregunto qué tipo de gestión moderada pretendían hacer operando solo con renta variable.

No les aburro más con el tema, ya que la noticia recoge bastante bien lo sucedido.

 

Sirva este tipo de noticias y este post para hacer ver al cliente la necesidad de un asesoramiento correcto por profesionales competentes, lo cual no quiere decir que lo sean todos aquellos con un número de registro en la CNMV.

Ya hemos tenido casos de una EAFI a la cual se le retira el registro por no cumplir las normas, sabemos de otras que recomiendan a sus clientes tomar el 100% de su posición en un valor Nasdaq a la espera de una supuesta OPA que nunca llega, supuestos exitosos traders que se dedican a transmitir su sapiencia bursátil y sin embargo están en “busca y captura” por parte de una entidad tras dejar en esta un descubierto de varios miles de euros operando en derivados, agentes de banca que se quedan con los ahorros de sus clientes, …

La lista puede ser muy larga y al igual que podemos encontrar magníficos profesionales en cada una de las ESI´s (empresas de servicios de inversión) existentes (EAFI´s, Agencias de Valores, …), el inversor tiene que tener muy claro que no todos son iguales y que es muy importante estar muy bien asesorado no ya a la hora de de saber en qué coloca sus ahorros sino en quién es la empresa con la cual va a trabajar a la hora de delegar tanto la gestión como la custodia de sus ahorros.

Les dejo una pista que suele funcionar bastante bien, con sus lógicas excepciones : existe una relación inversamente proporcional entre tamaño de la entidad y calidad del servicio prestado. Personalmente soy un enamorado de determinado/as bancos, agencias de valores, … considerados de los pequeños, incluso desconocidos por “el gran público”, pero que hacen su trabajo de una manera totalmente seria y profesional.

Muy lejos del caso sufrido por el cliente de la noticia.

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