El oro como protección frente a la inflación

17 de diciembre, 2012 10
Profesional de tecnologias de Trading en Banca de Inversiones. He vivido y trabajado en Londres, New York, Tokyo, Abu Dhabi... He trabajdo... [+ info]
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Si vemos los estudios de Roy Jastram’s 1977 study, “The Golden Constant”, que se remontan a cinco siglos, su podemos asegurar con bastante certeza que el oro ha sido una buena protección contra la inflación en el largo plazo.

Pero el gran problema, es el "largo plazo", si profundizamos, veremos que el oro ha bajado durante periodos de mucha inflación y ha subido durante periodos de moderada inflación y de deflación, en el largo plazo si mantiene el poder adquisitivo, es decir si tus bisabuelos te hubiesen dejado una herencia en oro, tendrías un poder adquisitivo similar, pero si hubiese sido en efectivo no tendrías nada.

Pero eso no tiene nada que ver con el hecho de que pueda haber inflación en los próximos años y el oro pueda servir de cobertura, a corto y medio plazo el oro es un activo especulativo, y mas aun, los especuladores anticipan la llegada de la inflación y toman posiciones, por lo tanto el oro se revaloriza mucho antes.

Y cuando se anticipan subidas de los tipos de interés se puede desplomar rápidamente, incluso en periodos de alta inflación, por el simple motivo de que mucha gente tiene oro de forma apalancada y no puede cubrir los costes del préstamo, solo con atisbar que eso puede ocurrir, causaría que todos quisiesen salir a la vez por la misma puerta.

Otra cosa es que el oro se este terminando, cueste mucho extraerlo, haya mucho mas en papel que real etc. etc.... En eso ya no me meto, no tenemos datos históricos y tampoco tenemos datos fiables, esas historias son de dominio publico, todo el mundo las conoce, si los grandes supiesen con certeza que es así, no se habría disparado el oro físico ya? No seria dificilisimo comprarlo? Realmente el oro de papel estaría muy barato?

O quizá simplemente sea un secreto a voces? Ya lo veremos en el futuro próximo...

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Yo tengo una parte de mi capital en un ETF de oro, lo compre cuando trabajaba en Londres, ya que quería una cobertura frente a mi sueldo en GBP, pero lo cierto es que a día de hoy me interesaría mas utilizar mi ISA de UK en empresas británicas y así evitar impuestos en los dividendos, y ese oro bien podría ser oro físico, claro que...

Si tengo oro físico y lo quiero vender puede ser un serio problema verdad? No es fácil, puedo tener un spread considerable etc.... Además donde compro ese oro? Y quizá también plata?

Lo pensé bien, y si como algunos dicen no hay oro para satisfacer futuros y ETFs lo lógico seria tenerlo físico y mantenerlo en un ETF tampoco tiene demasiado sentido, pero si baja y lo quiero vender? Pues lo mejor seria en ese caso, ponerse cortos en futuros de oro y dejar el oro físico en su lugar, cumpliendo su función, que es decoración! Dado que si la burbuja del oro pinchase, ya no tendríamos grandes riesgos con los futuros verdad?

A la hora de comprarlo, pensé, en Abu Dhabi hay varios ATMs de oro y dicen que ajustan el precio cada minuto, así que si es así, debe de estar bastante aproximado al precio real, además están poniendo mas ya que tienen muchísimo éxito, me fui a una de estas máquinas y para mi sorpresa vi un premium de 40% sobre el precio real de oro! ahhh entonces a que viene eso de actualizar el precio cada minuto? Marketing puro.. y la gente compra sin saber el precio real! Increíble!

Me puse a investigar en la red y efectivamente encontré un website interesante en al que explicaban los mejores sitios en Abu Dhabi y en Dubai para comprar con un spread muy bajo, algo así como un 2% que no esta mal para oro/plata físicos y si lo piensas mantener durante mucho tiempo compensa con el coste del ETF.

La siguiente pregunta es, se puede comprar oro y plata aquí y llevarlo sin mas a España? El limite son 10 mil euros? O hay normas diferentes para estos casos? Se considera efectivo o no? Lo cierto es que eso es lo siguiente que debería de saber...

Nota: Yo mantengo una cantidad de oro del 2% de mi capital, ya que no termino de creer en ello, pero como se que me puedo equivocar algo mantengo por diversificación, como dice Mauldin, compro oro de vez en cuando, cuanto mas barato este mejor, así compro mas por el mismo precio y si termina sin apenas valor algún día, genial, eso querrá decir que todo lo demás ira muy bien!

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Este artículo tiene 10 comentarios
Coincido plenamente contigo, hay que tener el oro sin saber cuantos pepeles te darian por el cada dia y como dices ojala nunca se deba de usar, eso seria buena señal.
17/12/2012 09:23
antiguo usuario
Lo mas barato es tener oro fisico, siempre y cuando no te lo roben claro! Ademas de que es lo mas seguro, si algo ocurre, puede que el oro sirva para algo o puede que no, yo no creo mucho en todas esas conspiraciones sobre el oro, pero lo cierto es que no me cuesta nada cambiar ETF por fisico, por si me equivoco y ellos llevan la razon...
17/12/2012 09:59
antiguo usuario
La circulación de metales preciosos dentro de España y Francia es libre en cada país. Si en el caso Ud. desea viajar fuera de España con dinero efectivo que sobrepasa los 10.000 euros Ud. debe hacer una declaración a la aduana. En el caso del oro y los otros metales precisos es igual, si Ud. viaja con un valor superior a 10.000 euros debe hacer una declaración en la aduana.

En el caso que no se declare el dinero segun la legislación vigente podrá ser incautada hasta la mitad del monto que Ud. lleva consigo. En el caso de Francia, el artículo 465 del código de Aduanas estipula que la multa sera igual a la cuarta parte de la cantidad que lleva el portador. Esto es válido para cualquier tipo de transferencia: de Francia hacia cualquier país y viceversa.
17/12/2012 17:36
antiguo usuario
Te quitan la mitad... pero asi no vas a poder ver la hora....
18/12/2012 12:08
A veces sale una publicidad que no deja leer las respuestas y tampoco los comentarios, concretamente ahora hay una de opere en materias primas, no se si es aqui el lugar oportuno de comentarlo. Un saludo
18/12/2012 14:43
antiguo usuario
Screenshot? A mi no me pasa! que navegador? Se lo puedes enviar a hugoferrer arroba inbestia punto com
18/12/2012 15:45
antiguo usuario
Olvidalo, me acaba de ocurrir, ya le he enviado el screenshot
18/12/2012 15:47
antiguo usuario
En cambio, en el marco de la compra de Oro de inversión en un país fuera de la CE, como Suiza por ejemplo, si la reventa luego se efectúa en el mismo país (si el Oro no se mueve y no traspasa fronteras), esta exento del pago de cualquier impuesto por la reventa. Claramente si se compra oro por ejemplo en Suiza o en USA, y dicho Oro se guarda en una caja de seguridad local, no se pagara impuesto alguno por la reventa y será legal.
17/12/2012 17:39
antiguo usuario
Desde el 1 de Julio de 2010 la Comisión Europea determinó que los cambios surgidos en el IVA (su incremento) en España, no afectarían al Oro, que al equipararlo con una divisa, sería la única exenta del impuesto.

Para favorecer las transacciones realizadas con Oro de inversión, siendo este un instrumento financiero, se efectuaron modificaciones sobre la primera Directiva Europea de 1998/80/CE que surgió el 12 de Octubre de 1998, y la Directiva 77/388/CEE.

En España (como en algunos estados miembros más), antes de estas directivas, el oro de inversión estaba sujeto al régimen normal, y se debía pagar el IVA sobre sus operaciones.

Hoy en día tanto las adquisiciones intracomunitarias como las importaciones están exentas de IVA, pero eso sí, para ello deben ser lingotes o monedas de Oro, y tener una pureza de más de 995 milésimas (para los lingotes), y de 900 milésimas (para las monedas).

En cuanto a la reventa de Oro en España, es distinto a Francia, en donde se paga un impuesto del 8% sobre el precio total de la venta, o de un 31.3% sobre la ganancia o plusvalía de la transacción, y es el vendedor quien se encarga de devolver ese dinero al estado (solo para las personas con domicilio fiscal en Francia).

En España no se paga ningún tipo de impuesto por la reventa, pero el vendedor debe reflejar esta operación en su declaración de la renta anual, ya sea si ha tenido ganancias o no. Es más bien parecido al caso de Suiza, donde tampoco se paga ningún impuesto por la reventa, pero cada vendedor declarara las ganancias de sus operaciones.
17/12/2012 17:40
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